DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por todos lo fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente declara EXTINGUIDO el juicio que por DIVORCIO siguió ante este despacho la ciudadana EDMARY JOSEFINA DOMINGUEZ VILLALOBOS, contra el ciudadano LARRY ALBERTO PEÑA CHIRINOS, antes identificados, el cual fue admitido cuanto ha lugar en derecho en fecha 31 de julio de 2013, y mantiene en todo su vigor el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día 10 de agosto de 1.989, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio No. 975, que en copia certificada acompaña a las actas. ASÍ SE DECIDE.