Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado ANTONIO JOSE PANA LARREAL titular de la Cédula de Identidad N° 22.452.177 , Venezolano, natural de Maracaibo, nacido en fecha 30-08-1983, de 34 años de edad, comerciante, soltero, hijo de Antonio José Pana y de Noris del Carmen Larreal y residenciado en Santa Cruz de Mara, Barrio Comunidad Imperial, Calle 2, Casa N° S/N del Estado Zulia; condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA previstos y sancionados en los Artículos 460 y 278 del Código Penal, y ROBO A MANO ARMADA DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 5 ordinales 1, 2, 3, 8 y 10 del articulo 6 de la Ley Sobre .....