DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: QUE SE DEJA ACLARADA Y AMPLIADA la sentencia publicada en fecha: 22-02-2006, en los términos antes indicados.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia ya publicada.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTA dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Ordinales 3ero y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA AGRÉGUESE AL EXPEDIENTE.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUD.....