Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, seguida por los ciudadanos MARIBEL MARÍN BASTIDAS y FELIPE ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 9.324.383 y 2.820.545, correos electrónicos maribelm2301@gmail.com y felipefernandez.5@hotmail.com, números telefónicos 0414-1697902 y 0414-6999778, todos respectivamente, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia.
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día dieciocho (18) de septiembre de 1982, por ante la Prefectura del Municipio Libertador, Distrito Baralt, Estado Zulia, hoy Oficina Municipal de .....