DISPOSTIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 28 de octubre de 2005 por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2°) DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de cobro de prestaciones sociales interpuesto por el ciudadano PASTOR ANTONIO CHIRINOS CAMEJO en contra de la UNIDAD EDUCATIVA JOSE ANTONIO ANZOATEGUI.
3°) SE CONFIRMA la decisión apelada.
4°) SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora de conformidad con los artículo 62 y 60 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....