Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el cuaderno de medidas surgido en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, fue incoado por el ciudadano YSMAEL YUNIS MALLMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.230.605, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, contra de los ciudadanos ANTONIO SARACINO FALCONE y ANNINA MANCINI DE SARACINO, extranjeros, de origen italiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-321.260 y E-81.262.263, respectivamente; DECLARA:
UNICO: LA SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en por este Juzgado en fecha 29 de abril de 2024, sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el número 2, situado en la p.....