Con lugar la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, requerida por los ciudadanos RENE NELSON CASTRO MORAN y RAQUEL REBECA CASTRO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad N° V- 16.687.981 y V-13.852.620, respectivamente.-
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron por ante la Directora y Secretaria del Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, el día 26 de noviembre de 2008, según se evidencia en la copia certificada del acta de matrimonio No. 133, expedida por la mencionada autoridad.
c) Con respecto a la niña (se omite el nombre del niño, niña y/o adolescente por razones de confidencialidad), este Tribunal establece, previo acuerdo entre las partes:
• La patria potestad y la responsabilidad de crianza serán compartidas por ambos progenitores.
• La custodia la detentará la progenitora, ciudadana RAQUEL REBECA CASTRO ROJAS.
• En relación a la Obligación de Manutención, el progenitor .....