V. DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE por falta de legitimación activa, la recusación presentada por la profesional del Derecho SORAYA MARGARITA NAVARRO SOTO, titular de la cédula de identidad N° 5.822.312, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.709, quien dice obrar en su carácter de Defensora del ciudadano NELSON ENRIQUE URDANETA, titular de la cédula de identidad N° 15.530.169, la cual va dirigida contra la ciudadana LEDA CECILIA JIMENEZ JIMENEZ, en su carácter de Jueza Novena de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión al conocimiento en el asunto Nro. 9J-1014-17, seguido a los ciudadanos NELSON ENRIQUE URDANETA, ROGER JOSE ATENCIO CAMBAR y GEOVANNY ENRIQUE VILLALOBOS, por la pr.....