Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la apelación ejercida contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 12 de mayo de 2017.
• INADMISIBLE, la demanda incoada por los ciudadanos HECTOR CESAR RONCARATI OVIEDO, TINO EDUARDO RONCARATI OVIEDO y TONY ALBERTO RONCARATI OVIEDO, debidamente identificados en actas, contra los ciudadanos BERTA MENDEZ PELEY, LIGIANE ROJAS y ALVARO QUINTERO, igualmente identificados en autos.
• SE CONFIRMA, la sentencia recurrida en todas sus partes.
No se hace especial condenatoria en costas procesales, en virtud de l.....