Sobre la base de los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguieron los ciudadanos ALVI JOSÉ GUITIERREZ PIRELA y EUSTOQUIO RAFAEL CARRASCO ESCALONA contra la sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIO RITMAN, CA, y la Asociación COOPERATIVA LASERCOL, RS, y solidariamente contra de la sociedad mercantil PDVSA BIELOVENEZOLANA, SA.
En consecuencia, se condena a la sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIO RITMAN, CA, a pagar a los ciudadanos ALVI JOSÉ GUITIERREZ PIRELA y EUSTOQUIO RAFAEL CARRASCO ESCALONA la suma de ciento sesenta y cinco mil cuarenta y cinco bolívares con treinta céntimos (Bs.165.045,30) por los conceptos por prest.....