Por los fundamentos arriba establecidos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO : DECLARA CON LUGAR la Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva estipulada en el ordinal 1° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por otra menos gravosa, solicitada por el abogado LUIS ALBERTO PEREZ GONZALEZ Fiscal Auxiliar Trigésimo Quinto del Ministerio Público, y en consecuencia se SUSTITUYE por la Medida Cautelar Sustitutiva de la privación Judicial preventiva de la Libertad consagrada en el ordinal 3° del articulo 256 del Código Adjetivo Penal, en virtud de la cual el ciudadano: ANGELO JOSE ANDRADE RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-22.169.167, de 19 años de edad, de profesión u oficio Bachille.....