IMPONE al ciudadano ROBINSON JOSE PEREZ BOSCAN, PAGAR a nombre del Fisco Nacional y, por vía de multa, la cantidad de sesenta unidades tributarias (60 U.T,), es decir la cantidad de bolívares TRES MIL TRESCIENTOS (Bsf. 3.300, oo), ante el Banco Central de Venezuela, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 385º del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlo responsable penalmente de la falta de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, prevista y sancionada en el articulo 483º del Código Penal venezolano vigente.-