Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE en derecho la defensa de Prescripción alegada por la Sociedad Mercantil Seguros Catatumbo, C.A, bajo las consideraciones expuestas en la motivación de esta sentencia.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE en derecho la defensa de Cosa juzgada alegada por la Sociedad Mercantil Tony Gas, C.A., bajo las consideraciones expuestas en la motivación de esta sentencia.
TERCERO: IMPROCEDENTE en derecho la defensa de prohibición de la ley de admitir la acción alegada por la Sociedad Mercantil Tony Gas, C.A., bajo las consideraciones expuestas en la motivación de esta sentencia.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión de INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS (MATERIALES Y MORALES) intentada por los ciudadanos ISMAEL .....