Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos interpuesto por el ABOG. ROBERTO DE JESÚS DELGADO GARCÍA, Apoderado Judicial de la ciudadana IRIS GABRIELA PAZ FERNÁNEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 12.945.726.
SEGUNDO: SE CONFIRMA PARCIALMENTE, la decisión No. 720.2016, emitida en fecha 02.08.2016, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; mediante la cual ese Tribunal Rechazó la Querella interpuesta por el antes mencionado profesional del derecho, incoada por dicho apoderado judicial, en contra de los ciudadanos LIONEL JOSÉ SALAVERRIA YANEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 4.518.025, LILIA MATILDE HERNÁNDEZ DE SALAVERRIA, titular de.....