Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional incoado por la Defensora Pública Vigésima de la Unidad de Defensa Pública Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Abogada ISABEL ALVAREZ SEGNINI, en su carácter de defensora de los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO MÉNDEZ MÉNDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Concepción, Municipio Jesús Enrique Losada, de 53 años, casado, de oficio electricista, cédula de identidad N° 6.823.469, residenciado en La Paz, Sector San Benito, diagonal al Abasto La Vivienda, en jurisdicción del Municipio Jesús Enrique Losada, Estado Zulia, y ANGEL BERRUETA de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 23 años de edad, casado, de oficio obrero, identificado con cédula de identidad N° 15.98.....