Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA: INCOMPETENTE por la materia para conocer la acción que por EJECUCIÓN DE PRENDA, intentara el BANCO DEL TESORO C.A., BANCO UNIVERSAL en contra del ciudadano JOSÉ JUAN MARTÍNEZ FARÍA; se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal Agrario de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de que siga conociendo de la presente causa.