esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, lo solicitado y declara PRIMERO: Con lugar la solicitud incoada por la ciudadana LOLAISBEL RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.670.900, en beneficio de los niños (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la LOPNNA). SEGUNDO: AUTORIZA a la ciudadana LOLAISBEL RODRIGUEZ GONZALEZ, plenamente identificada para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte de los niños antes mencionados. LA PRESENTE NO AUTORIZA VIAJE. TERCERO: Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitant.....