Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
- SIN LUGAR, la apelación ejercida por los abogados en ejercicio JOSÉ ALBERTO BERRIOS y PEDRO BRICEÑOS SALAS, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 17.863 y 4.935, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos FERNANDO ALIZO y MARÍA GABRIELA VERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.755.703 y 8.868.108, respectivamente y de este domicilio, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,
- SE RATIFICA la decisión dictada en fecha, 19 de Noviembre de 2009, por el Juzgado S.....