Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Fija Plazo Prudencial de Noventa (90) días, para que el ciudadano Fiscal Decimosexto del Ministerio Público, concluya la investigación seguida contra el ciudadano imputado LEUDO DEL CARMEN URDANETA PIRELA, de nacionalidad Venezolano, natural del Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, fecha de nacimiento 21-10-1966, de 39 años de edad, Casado, Obrero, titular de la de la C. I. N° V- 11.300.276, hijo de RAMON DEL CARMEN URDANETA (D) y de NELSA PIRELA DE URDANETA, residenciado en la Fundación Juan de dios González, Av. 9 Bis, casa N° 10-71, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, por los delitos de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 19 de la Le.....