Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO, presentado por la parte actora, en el juicio que por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, fue incoada por la ciudadana MARIA ELISABETH SUAREZ LAURENES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad el Nº V-9.026.067, domiciliada en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra del ciudadano MICHAEL GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.410.925, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en consecuencia de ello, le imparte carácter de .....