Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho CESAR EDUARDO BETANCOURT MORILLO, actuando con el carácter de Defensor Público Auxiliar Décimo Cuarto (14°) con Competencia Penal Ordinario para la fase de proceso, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su condición de defensor de los ciudadanos ARGENIS JOSÉ PARRA MÉNDEZ, SAMUEL BENITO PALMAR y YENIFER CAROLINA LABARCA MÉNDEZ, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-12.619.213, V-18.007.836 y V-15.261.460, dirigido a impugnar la decisión No. 134-24, de fecha seis (06) de febrero de 2024, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito.....