Por los razonamientos anteriormente expuestos y con fundamento a los artículos 2, 26, 49, 257, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 410, 411, 446, 452, 479 del Código de Comercio este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ANDRÉS SALAZAR UGAS, en su carácter parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta circunscripción Judicial del Estado Monagas de fecha 15 de Julio del 2007, en consecuencia se REVOCA dicha sentencia dictada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES incoara la Abogada SOLANGE MARCANO; todos plenamente identificados en esta sentencia, asimismo se declara la prescripción de la acción. De conformidad con el artículo 281 del Cód.....