En el día hábil de hoy,6 de Marzo de 2006, siendo las 3:45 PM, oportunidad anticipada a la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el abogado José Pineda en representación de el demandante y CONSTRUCCIONES CARDOZO VILLASMIL ( CONSCARVI) en su carácter de parte demandada, debidamente representados por la abogada María Franchi, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada le cancelará a el demandante la cantidad de tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00). HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.