Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por la ciudadana THAIS DEL VALLE CUBILLAN RUBIO, titular de la cedula de identidad No. V- 9.720.632, asistida por el abogado RICKI MORILLO, inscrito en el inpreabogado No. 188.722, en contra del ciudadano DALIMIRO ANTONIO LEAL VILCHEZ, titular de la cedula de identidad No. V- 13.009.186, todos de este domicilio. En consecuencia, se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran el ocho de abril de 1995, por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Raúl Leoni Municipio Maracaibo estado Z.....