En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la CONCILIACIÓN realizada el Abogado en ejercicio JULIAN A. MILANO SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.859, Apoderado Judicial de la Parte actora y la Tercera llamada a la causa ciudadana ELIZABETH REINA BIALIOUK MATSIBORSKA, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.650.431, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ANTONIA BELLO CASTILLO, inscrita en el inpreabogado N° 11.719.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminada la presente causa. TERCERO: Archivase el expediente en su oportunidad.