DECRETA: LIBERTAD PLENA de conformidad con lo establecido en el artículo 529 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a Los adolescentes: (IDENTIDAD OMITIDA) Se ordena su egreso desde la sede de este Circuito Judicial Penal. Remítase las actuaciones al Ministerio Público. Se Acuerda las copias solicitadas por la defensa y ofíciese a la E.S.E. "General José Francisco Bermúdez", notificando de su egreso,