III
PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, por la causal DESAFECTO, propuesta por el ciudadano OSNEIRO JOSÉ DUARTE GONZÁLEZ, venezolano mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número V-18.306.689, número de teléfono WhatsApp personal: +584123076450, correo electrónico personal: osneirod@gmail.com, domiciliado en la Calle 01, casa s/n, Sector El Desvió de la Población de Las Piedras, Parroquia Bartolomé de Las Casas del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia; asistido por la Abogada en ejercicio FRANSELIA DEL CARMEN MORALES FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, libre ejercicio de la profesión, titular de .....