DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio realizada por la ciudadana OLEYDA COROMOTO ALVAREZ COLINA, en contra del ciudadano DELIMIRO ANTONIO CELIZ, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto de pleno derecho el matrimonio civil celebrado entre los ciudadanos OLEYDA COROMOTO ALVAREZ COLINA y DELIMIRO ANTONIO CELIZ, en fecha veintiséis (26) de diciembre de 1986, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como se desprende de la copia certificada del acta de matrimonio número 18.....