DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional ciudadano TITO JAVIER OCANDO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.729.187, asistido por la profesional del derecho MIRLEN HERNANDEZ HERRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.113.
SEGUNDO: SE CONFIRMA de la decisión N° 192-15 dictada en fecha 26 de febrero de 2015, emanada del Juzgado Undécimo de Primera instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó el archivo de las actuaciones en el asunto penal en contra del ciudadano ANTONIO RAMON URDANETA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 11.284.342, por la presunta comision del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en .....