DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado TOMAS SALINA, Defensor Público tercero Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión N° 288-15, de fecha 23-03-2015, emanada del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la ciudadana YOLEIDA YANET OQUENDO VELASQUEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO AFRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 407 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera el nombre de EUDOMAR SEGUNDO OQUENDO VELASQUEZ, siendo improcedente la sol.....