Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ERMELINDA RAMONA DE ALIZO y FREDDY ENRIQUE ALIZO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos V- 5.061.786, y V- 5.849.610, respectivamente, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 666, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo ubicado en el sector Sierra Maestra, calle No 23, con avenida 19, casa No 18-74, en jurisdicción de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fall.....