Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos ISABEL CRISTINA PEREZ y JUAN JOSE FINOL LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.958.371 y V-13.471.494, respectivamente y domiciliados en la ciudad de Villa del Rosario, en la jurisdicción de la Parroquia Rosario del Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día 22 de Septiembre de 2.000, por ante el Jefe Civil y Secretario Accidental de la Parroquia el Rosario del Municipio Rosario de Perija del Estado Zulia, tal como se evidencia del acta de matrimonio No. 143, que corre inserta en las actas.- ASI SE DECLARA.-
No hay pro.....