Por los fundamentos antes expuestos, Bajo la Protección de Dios, este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON FUNCIONES DE CONTROL DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 666 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (LOPNNA), ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, antes expuestos, Acuerda UNICAMENTE EL CESE DE TODA MEDIDA DE COERCION PERSONAL, dictada en fecha 02-06-2010, a los jóvenes adultos SE OMITEN IDENTIDADES; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 Constitucional, artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. "Pacto de San José de Costa Rica".- Regístrese, Publíquese y Notifíquese. En Santa Bárbara de Zulia, a los Cuatro (04) días del mes de Diciembre del año 2013.- Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,
Abog. José M. C.....