¿ SIN LUGAR la apelación interpuesta por el profesional del derecho KALEB MANUEL ABOUZAID ABOUZAID, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 19 de diciembre de 2007.
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada, pero por distintas motivación.
Se condena en costas procesales a la parte demandante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido confirmada la decisión apelada.