Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana GLENYS JOSEFINA ANDRADE DE PASQUIER, para la rectificación de su acta de nacimiento, en consecuencia, se ordena rectificar el acta de nacimiento N° 2797, inserta el día treinta (30) de Octubre de 1959, ante la hoy Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su asiento duplicado llevado por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Zulia, donde se lee: "...por nombre: GLENIS JOSEFINA...", debe leerse: "...por nombre: GLENYS JOSEFINA ..." y en su encabezamiento donde se lee: "...GLENIS JOSEFINA ANDRADE...", debe leerse: "...GLENYS JOSEFINA ANDRADE...".