Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO propuesta por el ciudadano NAZARIO TRINIDAD VALBUENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.111.788, domiciliado en el Municipio Mara del Estado Zulia, en contra de la ciudadana ELVIA ROSA CARRUYO FINOL, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No V- 4.528.590, del mismo domicilio; con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
• DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos NAZARIO TRINIDAD VALBUENA y ELVIA ROSA CARRUYO, plenamente identificados en actas, en fecha 9 de julio de 1977, por ante el Secretario encargado y la Secretaria accidental del Municipio San Rafael del Distrito Mara del estad.....