DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÈGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÒN DE LA DEMANDADA de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo en el juicio que por Prestaciones sociales sigue el ciudadano ALFREDO JOSE CARRERO en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ELIAS, C.A (INVELIA).
PUBLIQUESE y REGISTRESE.