Primero: La reposición de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del citado Código, al estado de admitir nuevamente la solicitud.
Segundo: Se admite cuanto ha lugar en derecho la solicitud de divorcio de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil, en concordancia con nuevos criterios jurisprudenciales emanados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, propuesta por el ciudadano JUAN CARLOS MONTIEL VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V-11.287.850, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, se ordena citar a la ciudadana JENNY DEL VALLE CASTILLO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.762.873, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, para que comparezca ante este Tribunal en el tercer (3) días de despacho siguientes a su citación, a fin de que reconozca o no el hecho alegado por el s.....