DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto con efecto suspensivo interpuesto por la ciudadana MARIA LOURDES PARRA DE FUENMAYOR, Fiscala Segunda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1910-12, de fecha 24 de agosto de 2.012, que acordó imponer al imputado JORGE LUIS ANGULO ROMERO, las Medidas Cautelares, previstas en los numeral 3 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 64 de la Ley de Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia certificada en archivo.
LA JUEZA PRESIDENTA,
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