DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ejecutar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Cabimas en fecha 09-09-04 condenando al penado JESUS ANTONIO PINO DURAN, venezolano, natural de Cabimas, de 21 años de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 15.603.387 de estado civil Casado de profesión u oficio Comerciante, hijo de LEANDRO PINO Y SONIA DURAN y residenciado en la Carretera Lara Zulia, entrada El Consejo Sector La Plata, Casa N° 120 Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia , a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA de conformidad con lo establecido en el artículo 278 del Código Penal, este Tribunal de Ejecución, a los fines de ejecutar la sente.....