DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ORDENA el levantamiento de la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por el JUZGADO SUERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha veinticinco (25) de octubre de 2024, participada mediante fallo No. 99, la cual versó sobre el inmueble conformado por:
"cuatro (04) oficinas distinguidas con los números 6-1, 6-2, 6-3, 6-4, piso 6, las cuales conforman parte integrante del edificio "TORRE GRAM", el cual situado en la calle Arismendi con calle Guaraguao de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, con un área total de construcción aproximada de seis mil novecientos cuarenta y ocho metros cuadrados .....