Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente, declara: 1) procedente la denuncia de fraude procesal incidental aducida por la parte codemandada, Sociedad Mercantil INMOBILIARIA ELBA, C.A., plenamente identificada en actas, 2) inexistente el presente proceso judicial y como consecuencia de ello, nulas todas las actuaciones procesales materializadas con ocasión al Juicio que por simulación incoara la Sociedad Mercantil BYCA ZULIA C.A., en contra de las Sociedades Mercantiles CASABELLA, C.A., INMOBILIARIA ELBA, C.A., y en contra del ciudadano GONZALO ENRIQUE QUINTERO OLIVERO todos plenamente identificados en autos. Así se decide.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero d.....