DECLARA:
A. APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha primero (1º) de agosto de 2017, por los ciudadanos: MARIA DEL CARMEN BASTIDAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.048.062, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la abogada PEGGY BUSTAMANTE, Defensora Pública Quinta adscrita a la Unidad de Defensa Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Zulia, extensión Cabimas; y RAUL ANTONIO MONTIEL RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.436.223, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio ADRIANA APOSTOLES MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 152.370, en beneficio de la hija de ambos, la niña (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 LOPNNA), de nueve (09) años de edad, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimient.....