DISPOSITIVA: Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano MICHAEL JOSE FUENMAYOR CHIRINOS, De Nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, de 18 años de edad, De Estado Civil soltero, Oficio Otros, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-21.166.071, hijo de Elizabeth Chirinos y José Fuenmayor, residenciado en el Barrio Bicentenario AV. 102, Calle Principal casa S/N, al lado del Pulilavado "Los Primos" Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Panadería Vechino Nonno y Gian Pellegrini Ibarra, de .....