Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda de DECLARACIÓN DE UNIÓN CONCUBINARIO, interpuesta por el ciudadano HELI SAUL GONZALEZ, contra la ciudadana ANIBLIS VIRGINIA RAMOS HERRERA, plenamente identificados en actas, desde el 01 de enero de mil novecientos ochenta y tres (1983), hasta el diecinueve (19) de noviembre de dos mil quince (2015).
2.- SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber sido vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.