III.-Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos LARRY ENRIQUE NAVARRETE CASTILLO y BETZABE JOSEFINA TOYO YORIS, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintiuno (21) de diciembre de 1990, ante el Jefe Civil LENY FUENMAYOR MUÑOZ y el Secretario MERBIN LARREAL de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, según consta de la copia certificada del Acta de matrimonio distinguida con el No. 125.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que durante el vínculo matrimonial no adquirieron bienes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
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