En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en el artículo 12, 506 y 660 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda de Ejecución de Hipoteca incoada por la Sociedad Mercantil "MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO C.A", actualmente BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, según Fusión por Absorción, que consta en Acta de Asamblea General de Accionistas del Banco de Venezuela , Banco Universal, de Fechas 18 y 26 de Marzo del año 2.010, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, en fecha 6 de Abril de 2.010, N°26; Tomo 70-A Sgdo. del año 2.010, en contra la Sociedad Mercantil VILLALOBOS LEONETT & ASOCIADOS C.A. y los Ciudadanos NEMECIO SEGUNDO COVARRUBIAS ARAUJO y CARMEN LUISA LEONETT MONTENEGRO, en.....