DECISIÓN
En consecuencia, Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL FRAUDE PROCESAL en la causa incoada por el abogado en ejercicio JOSEPH RUBIO ARANAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 83.246, alegando ser el representante judicial de la ciudadana JEANETTE DEL VALLE TORRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.109.393, domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, en contra de la Sociedad Mercantil FELLINI C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de julio de 1999, bajo el Nro. 15, tomo 37-A, y domiciliada en este Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; por ende, es nulo y se tendrá como procesalmente inexistente el pre.....