RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000093. Se CONDENA al ciudadano JOSÉ ALEXANDER ROMERO, de nacionalidad venezolana, donde nació en fecha 10-01-1.972, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Técnico en Frenos, titular de la cédula de identidad Nº 12.359.406 y domiciliado en el Barrio Las Terrazas del Oeste, calle 04, las Piñas, casa Nro. 24 en Maturín Estado Monagas e hijo de Adelina Romero y padre desconocido., a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrados por este Tribunal como autores culpables y responsables en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano ITURVIDE JOSÉ GASCÓN ALEXANDER y virtud del procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto en el artículo 371 numeral 3° y 375 del Código Orgánico Procesal Penal.