declara:
APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado entre los ciudadanos DIANA CAROLINA MEJÍAS Y CARLOS JAVIER GONZALEZ, antes identificados, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
Ambas partes acordaron celebrar un convenio en los siguientes términos:
1) "El régimen de convivencia familiar será para el progenitor CARLOS JAVIER GONZALEZ, quien compartirá con su hija, dentro o fuera del domicilio.
2) Éste régimen de convivencia será extenso siempre y cuando no interrumpa con su normal desenvolvimiento, bien sea de sus estudios y horas de descanso.
3) Además, compartirá con su hija, los días feriados o asueto, días del niño, día del cumpleaños de la niña, día del padre, día del cumpleaños del padres, y cualquier otro días que la niña lo requiera.
4) En cuanto a los fines de semana, serán alternados y compartidos por igual.
5) Con relación a las vacaciones escolares serán compartidas por igual. En época .....